Sodiar lanza una nueva línea de financiación «Fondo de Apoyo a la Industria Cultural Aragonesa» se destinará a financiar la actividad de las empresas del sector cultural/audiovisual aragonés en el proceso de reactivación de la economía tras la crisis económica provocada por la pandemia de la Covid-19.
Podrán obtener financiación las empresas, personas físicas o jurídicas, y autónomos con domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Aragón que:
- Realicen su actividad empresarial o profesional en los sectores culturales vinculados con los audiovisuales, artes escénicas, música, artes visuales, galerías de arte, salas de exhibición, sector del libro y empresas de management y contratación de artistas.También podrán acceder las empresas o profesionales auxiliares de servicios y equipamiento de las artes escénicas, y las vinculadas a estos sectores, con domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón, que acrediten una vinculación empresarial con las empresas culturales aragonesas.
- Que estén inscritas en los siguientes epígrafes CNAE/IAE.
- Que tengan la consideración de Pyme.
- Que creen y/o mantengan puestos de trabajo. La valoración de este requisito se realizará por la Comisión de Evaluación de Proyectos; no obstante lo anterior, los puestos de trabajo deberán mantenerse durante el período de inversión en el proyecto.
- Que acrediten y justifiquen la necesidad de la financiación solicitada y la capacidad de reintegro.
Los beneficiarios deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda del Estado, con la Comunidad Autónoma de Aragón y frente a la Seguridad Social.
No podrán acceder a esta financiación los potenciales beneficiarios que:
- Estén incursos en un procedimiento de insolvencia colectiva (concurso de acreedores y situaciones previstas en el artículo 5-bis de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal) o reúnan los requisitos para encontrarse sometidos a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de sus acreedores.
- Hayan dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
- No se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Hayan sido sancionados mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas.
La inversión en los proyectos o iniciativas se efectuará a través de concesión de préstamos participativos.
Proyectos
Para poder obtener la financiación será necesario que los proyectos presentados reúnan los siguientes requisitos:
- Sean viables técnica y económicamente.
- En todo caso la financiación máxima con cargo al Fondo será del 75% de las necesidades totales de financiación.
Se podrá financiar con cargo al fondo:
- La inversión y gasto en activos materiales o inmateriales para desarrollo de producto.
- Inversión y gasto en procesos de modernización y digitalización.
- Activos fijos para el inicio o ampliación de la actividad empresarial.
- Inversiones para llevar a cabo procesos de comercialización y/o internacionalización.
- Necesidades de circulante derivadas del proceso de inversión empresarial.
Condiciones de financiación
La financiación con cargo al fondo oscilará, por proyecto, entre los 5.000 € como mínimo y los 50.000 € como máximo.
Características de los préstamos participativos:
- Tipo de interés: Estará compuesto de un tramo fijo del 3,5%, más otro tramo variable en función de resultados u otro parámetro, con un máximo del 2%.
- Plazo de amortización: Hasta 5 años con hasta 1 de carencia.
- Comisión de apertura: 0,5%.
- Comisión de amortización anticipada: 2%.
- Documentos a firmar: Préstamo.
- Posible garantía de socios.
Dentro de los seis meses siguientes, el empresario deberá remitir a SODIAR la documentación justificativa de la realización de la inversión y gasto financiados.
La línea está disponible durante 2022 y 2023, hasta el agotamiento de los Fondos.