El Gobierno de España habilitó el pasado 25 de mayo el sexto tramo de crédito del Instituto de Crédito Oficial (ICO), una nueva línea de préstamos que tendrá un montante total de 15.000 millones de euros destinados primordialmente a trabajadores por cuenta propia y pequeñas empresas.
De hecho, 10.000 millones de este total serán destinados exclusivamente a autónomos y pymes, mientras que los 5.000 millones de euros restantes tendrán como objetivo las grandes empresas. Se podrán cursar solicitudes hasta el 1 de diciembre de 2021.
El nuevo tramo de crédito establece las mismas particularidades y condiciones de concesión que los créditos previos, pero incluye una serie de novedades en cuanto a la devolución de los préstamos. Con la sexta línea de crédito del ICO se han aprobado mejoras y períodos de gracia para el reembolso del adeudo. De esta manera, los profesionales beneficiarios de este nuevo tramo de créditos ICO tienen la posibilidad de posponer hasta diez años el plazo en el que únicamente se abonarán los intereses derivados.
Según ha comunicado el ICO, solamente se podrán beneficiar de las líneas de crédito todos los sectores con domicilio social establecido en España afectados por la pandemia derivada del COVID-19 y las empresas y autónomos que cumplan los siguientes requisitos:
- No encontrarse en situación de mora a 31 de diciembre de 2019 según la documentación del Centro Central de Información de Riesgos (CIRBE) del Banco de España.
- Desde el 17 de marzo de 2020, no formar parte de un proceso concursal, ya sea por haber expuesto una demanda de declaración de concurso o por las causas descritas en el artículo 2.4 de la Ley 22/2003 de 9 de julio, para que la situación de concurso se haya devenido tras la petición de sus acreedores.
- Acreditar que a fecha 31 de diciembre de 2019 no se hallaban en situación de crisis de acuerdo con los criterios fijados, para probar que la disminución de los ingresos se debió a la pérdida económica motivada por la pandemia Covid-19.
- Por otro lado, los préstamos y negocios se deben haber formalizado o resuelto su renovación después del 18 de marzo de 2020, y el financiamiento con aval no tendrá la posibilidad de utilizarse para cancelar o abonar por adelantado deudas existentes.
El Ministerio de Hacienda ha anunciado la extensión del plazo para devolver el crédito hasta los 10 años, aumentando el máximo anterior en 2 años. De igual modo, se han prorrogado los plazos de carencia, que variarán en función de las condiciones logradas por el profesional autónomo al negociar con su banco.
El nuevo plazo designado para que los autónomos puedan prorrogar el período de carencia y amortización de su crédito garantizado por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) está vigente hasta el 15 de octubre. Con la reciente prórroga de los plazos de los préstamos, el Gobierno ha fijado este nuevo plazo para que los autónomos soliciten la prórroga.